28 de Marzo del 2009
Uno de los tres integrantes del Tribunal Penal que juzgó a puertas cerradas el homicidio de Daniel Alejandro Curiqueo, explicó que los menores salieron libres luego de la lectura del dictamen que los encontró responsables, debido a que habían estado un año detenidos en el Cose sometidos a un tratamiento tutelar, que se consideró suficiente.
En síntesis, ante el reclamo de los padres de la víctima, que se sintieron «decepcionados» por la libertad de los imputados, el magistrado actuante dijo que si se hubiese tratado de mayores de edad igual hubieran sido excarcelados, dado la pena prevista para este tipo de delitos (homicidio en riña).
La controversia o confusión, quizás, de los familiares del joven brutalmente muerto, pasaría por el hecho de que inicialmente el caso se calificó de «homicidio calificado», por la intervención de dos o más personas, en virtud que se trataba de un grupo de personas jóvenes, mayores y menores, que aparentemente estaban bebiendo cuando se suscitó una trágica discusión, en la cual todos o casi todos habrían golpeado a la víctima, no habiéndose llegado a establecer quién ejecutó el golpe final, con un ladrillo o una piedra, que no se halló, la que le habría causado el deceso.
Se considera que no hubo un aporte positivo de los efectivos policiales, que depusieron en calidad de testigos, y el viernes 3 de abril se conocerá la sentencia definitiva con sus fundamentos, que dará a conocer el Tribunal de los jueces Minatta, Mónica Rodríguez y Monti.
El fallo, desde ya, no puede cambiar la situación de los menores imputados-liberados, que fueron encontrados responsables del hecho, pero como menores que son, generalmente no sufren condena, o sea prisión, sino tratamientos tutelares.
SENTENCIA
El presidente del Tribunal dispone hacer saber la sentencia definitiva el día 3 de abril a las 11, quedando las partes debidamente notificadas. Luego continuó la audiencia, donde las partes hicieron saber su posición sobre la medida tutelar a implementar, y tomando la palabra la Dra. Moreno solicita que la continuación del tratamiento lo sea por el término de un año, debiendo permanecer los imputados en el Cose, exponiendo sobre las etapas que han transitado durante el proceso y las denegaciones a las salidas laborales.
El asesor de Menores manifestó su asombro por lo expresado por la fiscal, ya que no encuentra ningún fundamento legal, exponiendo sobre las medidas socioeducativas y los comportamientos que han mantenido hasta el momento, y recalca que no resulta aconsejable el seguir con la medida, por lo que pide se los absuelva de pena, al igual que el abogado defensor.El Tribunal pasó a resolver la imposición de pena y decidió ordenar la inmediata libertad de los jóvenes imputados, siendo entregados a sus correspondientes representantes legales, quienes deberán fijar domicilio procesal. Asimismo, dispuso la intervención del Programa de Libertad Asistida por el término de dos meses, estableciendo audiencia para resolver sobre la aplicación o no de pena el 26 de mayo de 2009 a las 9, en los términos del art. 4to. de la Ley 22272 y 22803.
En síntesis, ante el reclamo de los padres de la víctima, que se sintieron «decepcionados» por la libertad de los imputados, el magistrado actuante dijo que si se hubiese tratado de mayores de edad igual hubieran sido excarcelados, dado la pena prevista para este tipo de delitos (homicidio en riña).
La controversia o confusión, quizás, de los familiares del joven brutalmente muerto, pasaría por el hecho de que inicialmente el caso se calificó de «homicidio calificado», por la intervención de dos o más personas, en virtud que se trataba de un grupo de personas jóvenes, mayores y menores, que aparentemente estaban bebiendo cuando se suscitó una trágica discusión, en la cual todos o casi todos habrían golpeado a la víctima, no habiéndose llegado a establecer quién ejecutó el golpe final, con un ladrillo o una piedra, que no se halló, la que le habría causado el deceso.
Se considera que no hubo un aporte positivo de los efectivos policiales, que depusieron en calidad de testigos, y el viernes 3 de abril se conocerá la sentencia definitiva con sus fundamentos, que dará a conocer el Tribunal de los jueces Minatta, Mónica Rodríguez y Monti.
El fallo, desde ya, no puede cambiar la situación de los menores imputados-liberados, que fueron encontrados responsables del hecho, pero como menores que son, generalmente no sufren condena, o sea prisión, sino tratamientos tutelares.
SENTENCIA
El presidente del Tribunal dispone hacer saber la sentencia definitiva el día 3 de abril a las 11, quedando las partes debidamente notificadas. Luego continuó la audiencia, donde las partes hicieron saber su posición sobre la medida tutelar a implementar, y tomando la palabra la Dra. Moreno solicita que la continuación del tratamiento lo sea por el término de un año, debiendo permanecer los imputados en el Cose, exponiendo sobre las etapas que han transitado durante el proceso y las denegaciones a las salidas laborales.
El asesor de Menores manifestó su asombro por lo expresado por la fiscal, ya que no encuentra ningún fundamento legal, exponiendo sobre las medidas socioeducativas y los comportamientos que han mantenido hasta el momento, y recalca que no resulta aconsejable el seguir con la medida, por lo que pide se los absuelva de pena, al igual que el abogado defensor.El Tribunal pasó a resolver la imposición de pena y decidió ordenar la inmediata libertad de los jóvenes imputados, siendo entregados a sus correspondientes representantes legales, quienes deberán fijar domicilio procesal. Asimismo, dispuso la intervención del Programa de Libertad Asistida por el término de dos meses, estableciendo audiencia para resolver sobre la aplicación o no de pena el 26 de mayo de 2009 a las 9, en los términos del art. 4to. de la Ley 22272 y 22803.
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